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domingo, 11 de junio de 2017

DOCUMENTO: "DESDE EL RÍO: Organización Popular para la Transformación de la Cuenca Matanza-Riachuelo





Buenos Aires, 6 de junio de 2017.

A ACUMAR,
A Onu-Hábitat y
A las Jornadas "De Frente al Río";



Los abajo firmantes (organizaciones, asambleas, académicos, referentes y partidos políticos que vivimos y realizamos trabajo territorial en la Cuenca Matanza - Riachuelo) luego del encuentro sostenido el día sábado 27 de mayo nombrado como "DESDE EL RÍO: Organización Popular para la Transformación de la Cuenca Matanza-Riachuelo. El Riachuelo ¿Para qué? ¿Para quién? y ¿Con Quiénes?", manifestamos:

1. Cuestionamos la falta de cumplimiento de las funciones constitucionales y legales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, organismo supremo responsable de la defensa del derecho a un ambiente sano y equilibrado, y de la preservación de la salud e integridad de las personas. La responsabilizamos por el incumplimiento de su propio fallo y, por ende, de las consecuencias negativas que eso genera en los habitantes de la cuenca Matanza-Riachuelo.

2. Rechazamos la decisión de la Corte Suprema al limitar la representación de todos los que vivimos en la Cuenca en manos de un "Cuerpo Colegiado" liderado por el Defensor del Pueblo, que carece de titular hace años sin que la Corte haya hecho nada al respecto. Esta representación luego de 8 años ha demostrado su absoluta ineficacia y nos encontramos actualmente apartados de las decisiones que nos afectan y fuera de un proceso de recomposición ambiental que debería ser nuestro. Nos sentimos castigados por un ostracismo democrático, desterrados de un ámbito de participación que por derecho nos corresponde.

3. Por esta razón, no reconocemos la representatividad de las ONGs que integran el "Cuerpo Colegiado" y denunciamos que tampoco han cumplido con sus funciones. Muchas de ellas no tienen trabajo territorial en la cuenca ni contacto fluido y constante con sus habitantes. Estas no fueron elegidas mediante ningún mecanismo de participación por parte de la ciudadanía salvo la voluntad discrecional de la Corte Suprema. El Cuerpo Colegiado no logra dar respuesta a las necesidades de voz y participación de los habitantes de la cuenca, llegando al extremo que los habitantes no son ni siquiera consultados ante la elaboración de sus informes y contestaciones judiciales.

4. Reprobamos el desempeño de la ACUMAR por su vaciamiento; la manifiesta incapacidad para enfrentar la limpieza y el saneamiento del Riachuelo; la falta de respuestas adecuadas a las necesidades urgentes de saneamiento, salud y vivienda de la población, objetivo por el cual fue creada dicha entidad, entre otros; por no poder dar cuenta de las erogaciones producidas durante su gestión; y por el desconocimiento técnico y el abordaje desintegrado de la complejidad de la situación que deben resolver por manda judicial y legal.

5. Deben rediscutirse en su integralidad los mecanismos de participación de la ciudadanía tanto en el ámbito judicial como en el accionar del ACUMAR. Exigimos una nueva convocatoria para asegurar la participación democrática y popular por medio de elecciones de los representantes de ongs, sindicatos, instituciones y toda otra forma de organización social y colectiva de la cuenca.

6. Reiteramos la necesidad de enfrentar las problemáticas desde una mirada integral, multidisciplinaria y participativa, hoy negadas, en todos esos aspectos. Deben definirse las prioridades de manera socialmente participativa para atender la situación de emergencia que se extiende en el tiempo, dónde la catástrofe y el riesgo a la salud y los derechos humanos se naturalizan.

7. Debe transparentarse el funcionamiento de ACUMAR en cuanto a su presupuesto y su ejecución para garantizar el pleno conocimiento de la población de los recursos y su aplicación. Para que no se repita los hechos de corrupción que involucraron al primer juez de ejecución de la causa Mendoza que designó la Corte Suprema, Juez Armella. Quién además fue el impulsor de extender la concepción "Puerto Madero" al Riachuelo y de establecer que las aguas son únicamente para “contemplación", concepción que aún persiste y resulta contraria a los intereses populares.

8. El Ordenamiento ambiental y territorial de la Cuenca debe realizarse inmediatamente de forma participativa e integral. Este debe dar respuesta a la demanda de espacios verdes y públicos; a las necesidades aún no resueltas en materia de vivienda, hábitat, producción, , transporte, servicios públicos e infraestructura; y de turismo sostenible con inclusión social como recomienda las naciones unidas para el año 2017. También debe dar cuenta del reclamo de numerosas organizaciones para ejercer el derecho constitucional a navegar libremente el Riachuelo.

9. Recién una vez establecido dicho ordenamiento cada jurisdicción se encontraría en condiciones para avanzar con sus planificaciones locales. Pero frente a su ausencia, las jurisdicciones avanzaron con decisiones sustanciales de la cuenca como la suspensión de la navegabilidad del Riachuelo o la creación de distritos y paraísos fiscales para permitir la sobreconstrucción y la destrucción de las identidades barriales. Denunciamos que las jurisdicciones, principalmente la Ciudad de Buenos Aires a través de la política de distritos y el nuevo Código Urbanístico, están avanzando con medidas orientadas a transformar las áreas ribereñas del Riachuelo en un nuevo Puerto Madero y en profundizar la especulación inmobiliaria sin reparo alguno de sus consecuencias negativas como la apropiación del río por el sector de riqueza concentrada del país.

10. La Cuenca Matanza - Riachuelo, como todo recurso hídrico es patrimonio del conjunto de la sociedad argentina y su aprovechamiento debe estar al servicio de toda la comunidad y no de un sector específico que pueda beneficiarse de la especulación edilicia.
El referido curso de agua debe ser motor de creación de empleo, favoreciendo el desarrollo de pequeños, micro y medianos emprendimientos con el objetivo de desarrollar económicamente el área y arraigar la población a su lugar de pertenencia. Queremos barrios populares productivos, viviendas sociales con gente. Y no el modelo de countries o torres-jardín con viviendas ociosas, el paradigma del modelo de casas sin gente. No queremos que la cuenca sea objeto de una burbuja inmobiliaria ni se transforme en una extensión de Puerto Madero. La gran inversión pública sustentada en deuda pública debe ser distribuida igualitariamente en la cuenca y la plusvalía generada capturada por el Estado. Los beneficiarios del presupuesto destinado a la cuenca no pueden ser en el tiempo los grandes desarrolladores inmobiliarios ni la plusvalía capturada por los sectores más ricos de la sociedad.

11. El Ordenamiento debe mantener las identidades patrimoniales, urbanas y culturales, siguiendo lo estipulado por la Constitución Nacional y la normativa ambiental vigente. Destacar que el Tango Patrimonio de la Humanidad UNESCO en el río Riachuelo - Matanza no está siendo objeto de políticas de preservación patrimonial activas. Denunciamos el incumplimiento de la Política Operacional del Banco Mundial OP 4.11 - Physical Cultural Resources, las Leyes nacionales de protección de Patrimonio Arqueológico N° 25.743, el Convenio OIT 169 y la legislación sobre restos indígenas N° 25.517.

12. Desde la creación del ACUMAR y el sentencia de fondo de la Corte Suprema en la causa "Mendoza" las emergencias social, económica y ambiental de la cuenca no se han modificado sustancialmente a pesar de los miles de millones de pesos gastados. El mantenimiento de una burocracia estatal no es ninguna ventaja a reconocer si no se traduce en una mejor calidad de vida de la población.

13. La emergencia sanitaria es una de las prioridades. Cientos de miles de familias se encuentran viviendo en condiciones violatorias de la dignidad humana. No cuentan con agua potable y segura, con cloacas, con luz, con pluviales. Viven en suelos y aires contaminados con olores nauseabundo la mayor parte del día. Las enfermedades por producto de la contaminación ambiental y la pobreza están conduciendo a la muerte a nuestra población especialmente a los niños. Estamos frente a una violación sistemática de cada uno de los derechos humanos y a caminos que llevan a la muerte a miles de personas mientras a las empresas se les permite contaminar más y la Corte Suprema las irresponsabiliza de pagar por los daños causados.

14. Todos los recursos y la actividad estatal deben estar avocados a terminar con esta emergencia sanitaria y de salud en la que viven los habitantes de la cuenca. Para empezar debe desarrollarse un Mapeo de riesgo Ambiental de carácter COMUNITARIO PARTICIPATIVO. La ACUMAR junto con las jurisdicciones que la integran deben conveniar con la empresa de servicios AySA (empresa condenada en la causa "Mendoza") la inmediata prestación de los servicios de agua y saneamiento en el interior de los territorios de las villas y asentamientos que tanto en la Ciudad de Buenos Aires como en la Provincia de Buenos Aires conforman la Cuenca Matanza-Riachuelo.

15. Es flagrante el incumplimiento al compromiso de atención primaria de la salud en la cuenca (los efectores de salud de municipios y provincia no alcanzan a satisfacer la demanda, debido a la sumatoria de vulnerabilidad social y exposición a la contaminación de cuenca, hábitat y personas). Por eso exigimos de manera urgente: la asignación de un médico de cabecera a cada una de las familias afectadas para seguimiento personalizado de los casos clínicos; garantizar gratuitamente la medicación y una dieta adecuada; construir en la cuenca baja del Matanza-Riachuelo un centro de alta complejidad especializado en enfermedades ambientales y con capacidad de brindar atención a toda la población afectada; la entrega de subsidios para mejorar las condiciones edilicias de las viviendas que se encuentran emplazadas sobre los suelos contaminados.

16. En relación a las obras de infraestructura solicitamos de manera inmediata: mejorar y completar las redes de agua potable para garantizar suministro seguro y confiable. Construir las redes de desagües cloacales e instalar plantas compactas de tratamiento de líquidos cloacales para terminar con la utilización de pozos sépticos que contaminan las napas más superficiales. Mejorar y completar los sistemas de desagües pluviales para evitar las frecuentes inundaciones, debidas no solo a eventos de tormenta sino también a la crecida del nivel en la desembocadura del Riachuelo (“sudestada”). Desarrollar con la participación de todos los actores de la sociedad civil Planes de Contingencia ante inundaciones, adecuadamente difundidos. Control exhaustivo de la actividad industrial de la cuenca, incluyendo la supervisión e inspección de los vuelcos por parte de los propios habitantes, en el marco de la Ley de Veedurías ciudadanas vigente. Remediar los suelos contaminados (con plomo, cromo y otros metales pesados, hidrocarburos, etc.), incluyendo por ejemplo, la reforestación con plantas nativas.

17. El Ordenamiento debe contemplar la navegabilidad del Riachuelo para desarrollar el mercado interno urbano; para revalorizar las áreas industriales; para promover el turismo; para la recuperación y disfrute del patrimonio; y para favorecer la producción histórica local - regional de la cuenca. Debe priorizarse la navegabilidad del curso fluvial con eje en el desarrollo de infraestructura de transporte multimodal con el tratamiento de la ribera y la construcción de puentes correspondientes.

18. Debe considerarse seriamente, a efectos de las decisiones relacionadas con el Ordenamiento, las políticas y las prioridades sobre la cuenca, el contenido de la única instancia participativa que efectúo la ACUMAR en 10 años en relación al PISA: la Audiencia Pública del 16 de septiembre de 2016 y su informe final correspondiente.

19. La emergencia social y ambiental sigue siendo nuestra prioridad.

Esperamos que nuestras voces tengan la adecuada y real participación en la discusiones atinentes a la Cuenca Matanza - Riachuelo en relación a su planificación, recomposición ambiental y tratamiento de sus graves problemáticas sociales, culturales y económicas; y que nuestros reclamos y propuestas que están expresados en esta nota sean tenidos en cuenta prontamente.




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ACTUALIZACIÓN:
15-06-2017

► PRIMERAS FIRMAS

- Blog Proyecto Riachuelo.
- Foro Hídrico de Lomas de Zamora.
- Club de Regatas Almirante Brown (La Boca-Dock Sud).
- Riachuelo Para Todos.
- Foro Hídrico de Lanús 
- Frente Sur Cooperativa de Recicladores.
- Centro Cultural La Casa de Fiorito.
- Comisión de Inundados de Cuartel IX.
- Urbana Te Ve (Barrio Carlos Mugica Retiro –Villa 31- CABA)
- Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC)
- Cátedra Libre de Ingeniería Comunitaria (CLIC)
- Izquierda Popular (IP)
- Movimiento Popular la Dignidad (MPLD)
- Frente de Organizaciones Salvador Herrera.
- Radio La Voz.
- Beatriz Mendoza.
- REDDES (Red Expreso del Desarrollo Sustentable).
- CUMPAS (Corriente Urbana de Militantes Peronistas).
- Cooperativa de Trabajo Cimarrón de Piñeiro.
- Periódico La Voz de Piñeiro.
- Planeamiento Participativo.
- Pymes Sur.
- Fundación Azara.
- Cooperativa Arqueoterra.
- Museo Arqueológico de La Boca.
- Asociación Tres Ombúes "Ciudad Evita".
- Asociación Amigos Barraca Peña (La Boca).
- Proyección Ciudadana (La Matanza).
- Ricardo Melgarejo y Luis Espinoza (Delegados, Junta Orgánica Barrio Rodrigo Bueno).
- Sembrando Juntos (Villa Inflamable).
- Cooperativa Cultural “El Puente” de la Boca.
- Proyecto Riachuelo (Corredor Turístico Productivo Ribereño)
- DES-LIMITES.
- Belleza Fiorito.
- Asentamiento Lamadrid.






► OTRAS ADHESIONES AL DOCUMENTO
(HASTA EL 5 DE JUNIO DE 2017)

- Grupo de Estudios Urbano-Ambientales del Instituto de Producción, Economía y Trabajo de la UNLa.
- Centro de Estudios Ribera Buenos Aires (riberaBA).
- m7red.
- Aluvión Ciudadano.
- Grupo Comunitario "Frutillitas de Amor" Barrio Ramón Carrillo (Soldati).
- Vecinos/as de la Mesa por la Ley N° 1.333 Barrio Ramón Carrillo (Soldati).
- FIPCA (Fundación Interactiva para Promover la Cultura del Agua).
- Frente Grande Provincia de Bs. As. (Lanús y Lomas de Zamora).
- Observatorio de la Riqueza "Padre Pedro Arrupe".
- Partido Social.
- Movimiento Nacional de Empresas Recuperadas.
- Impa (La Fabrica Ciudad Cultural).



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Texto del manifiesto en inglés remitido a ONU Hábitat

Subject: To UN-Habitat From organizations of Argentina
To: Christine.Auclair@unhabitat.org, urbanthinkers@unhabitat.org


Buenos Aires, May 31st, 2017.

To ACUMAR,
UN-Habitat and
To the Jornadas "De Frente al Río";


The undersigned (organizations, assemblies, academics, referents and political parties that live and perform territorial work in the Matanza - Riachuelo Basin) after the meeting held on Saturday, May 27, named "FROM THE RIVER: Popular Organization for the Transformation of The Matanza-Riachuelo Basin, the Riachuelo For what, for whom and with Who? ", We stated:

1. We question the lack of compliance with the constitutional and legal functions of the Nation´s Supreme Court of Justice, supreme body responsible for defending the right to a healthy and balanced environment, and for the preservation of the people´s health and integrity. We charge on them the responsibility for the failure to comply with its own ruling and, consequently, for the negative consequences that this generates on the inhabitants of the Matanza-Riachuelo basin.

2. We reject the decision of the Supreme Court by limiting the representation of all those who live in the Basin in the hands of a "Collegiate Body" headed by the Ombudsman, which has not been appointed for years without the Court doing anything to respect. This representation after 8 years has proven its absolute inefficiency and we are currently separated from the decisions that affect us and outside of a process of environmental recomposition that should be ours. We feel punished for a democratic ostracism, exiled from an area of participation that corresponds to us by right.

3. For this reason, we do not recognize the representativeness of the NGOs that make up the "Collegiate Body" and denounce that they have not fulfilled their functions either. Many of them do not have territorial work in the basin or any fluid and constant contac with their inhabitants. They were not chosen by any mechanism of participation by the citizenry but the discretionary will of the Supreme Court. The Collegiate Body fails to respond to the needs of voice and participation of the inhabitants of the basin, getting to the point that the inhabitants are not even consulted in the preparation of their reports and judicial responses.

4. We disapprove the performance of the ACUMAR because of its emptying; the clear inability to face the cleaning and sanitation of the Riachuelo; the lack of adequate answers to the urgent needs of sanitation, health and housing of the population, the purpose for which this entity was created, among others; for not being able to give account of the disbursements made during his administration; and by the technical ignorance and the disintegrated approach of the complexity of the situation that they must solve by judicial and legal order.


5. The mechanisms for citizen participation must be re-discussed in their entirety, both in the judicial sphere and in ACUMAR's actions. We demand a new call to ensure democratic and popular participation through elections of NGO representatives, unions, institutions and any other form of social and collective organization in the basin.

6. We reiterate the need to address the issues from an integral, multidisciplinary and participatory perspective, denied today, in all these aspects. The priorities must be defined in a socially participatory way to address the emergency situation that extends over time, where the catastrophe and the risk to health and human rights are naturalized.

7. The operation of ACUMAR should be made transparent in terms of its budget and its execution in order to ensure the full knowledge of the population of resources and their application. So that it does not repeat the facts of corruption that involved the first judge of execution of the Mendoza case commissioned by the Supreme Court, Judge Armella. Who also was the impeller of extending the conception "Puerto Madero" to the Riachuelo and to establish that the waters are only for "contemplation", a conception that still persists and is contrary to the popular interests.

8. The Environmental and Territorial Ordering of the Basin should be carried out immediately in a participatory and integral manner. This must address to the demand for green and public spaces; to the unsolved needs of housing, habitat, production, transportation, public services and infrastructure; and sustainable tourism with social inclusion as recommended by the United Nations for the year 2017. It should also report the claim of numerous organizations to exercise the constitutional right to freely navigate the Riachuelo.

9. Once this ordering was established, each jurisdiction would be in a position to launch its local plans. But faced with its absence, jurisdictions advanced with substantial decisions on the basin as the suspension of the navigability of Riachuelo or the creation of tax heavens districts to allow excessive construction and destruction of neighbourhood identities. We denounce that the jurisdictions, mainly the City of Buenos Aires through the districts policy and the new Urban Code, are advancing with measures aimed at transforming the coastal areas of Riachuelo into a new Puerto Madero and deepening real estate speculation in spite of its negative consequences, as the enclosure of the river by the concentrated wealth sector of the country.

10. The Matanza-Riachuelo Basin, as any water resource, is part of the heritage of the whole of Argentine society and its use must be at the service of the entire community and not of a specific sector that can benefit from building speculation.
That watercourse should be a driver of job creation, favoring the development of micro, small and medium enterprises with the purpose of economically developing the area and rooting the population to their place of belonging. We want productive neighborhoods, social housing with people. And not the model of country-clubs or garden towers with idle homes, the paradigm of the model of houses without people. We do not want the basin to be the object of a housing bubble or become an extension of Puerto Madero. The large public investment sustained in public debt must be distributed equally in the basin and the surplus value created, captured by the State. The beneficiaries of the budget allocated to the basin can not be in time the great real estate developers nor the surplus value captured by the richest sectors of society.

11. The ordering must maintain the patrimonial identities, urban and cultural, as stipulated by the National Constitution and the current environmental regulations. To emphasize that, the Tango in the Riachuelo-Matanza river, UNESCO World Heritage, is not being subjected to active patrimonial preservation policies. We denounce non-compliance with the Operational Policy of the World Bank OP 4.11 - Physical Cultural Resources, the National Laws for the Protection of Archaeological Heritage No. 25.743, the ILO Convention 169 and the Law on Indigenous Wastes No. 25.517.

12. Since the creation of ACUMAR and the Supreme Court ruling in the "Mendoza" case, the social, economic and environmental emergencies of the basin have not changed substantially despite the billions of pesos spent. The maintenance of a state bureaucracy is not an advantage to acknowledge if it does not translate into a better quality of life for the population.

13. The health emergency is one of the priorities. Hundreds of thousands of families find themselves living in conditions that violate human dignity. They do not have safe water, sewers, light, or drainages. They live on soil and air contaminated with foul smells most of the day. Diseases by product of environmental pollution and poverty are leading to the death of our population, especially children. We face a systematic violation of each of the human rights, and roads that lead to the death of thousands of people while companies are allowed to pollute more and the Supreme Court does not make them responsible to pay for the damages caused.

14. All resources and state activity must be aimed at ending this sanitary and health emergency in which the inhabitants of the basin live. For a start, an Environmental Risk Mapping of a PARTICIPATORY COMMUNITY nature should be developed. The ACUMAR together with the jurisdictions governments that integrate it must agree with the utilities company AySA (company condemned in the "Mendoza" case) on the immediate provision of water and sanitation services within the territories of the towns and settlements that both In the City of Buenos Aires and in the Province of Buenos Aires, form the Matanza-Riachuelo Basin.

15. Failure to comply with the commitment of primary health care in the watershed is treacherous (municipal and provincial health services providers fail to meet demand, due to the sum of social vulnerability and exposure to basin, habitat and people). That is why we urgently demand: the assignment of a family physician to each of the affected families for personalized follow-up of clinical cases; ensure free medication and an adequate diet; to construct in the lower basin of Matanza-Riachuelo a high complexity center specialized in environmental diseases and with capacity to provide care to the entire affected population; The granting of subsidies to improve the building conditions of the dwellings that are located on the contaminated soils.

16. With regard to infrastructure works we urgently require: to improve and complete drinking water networks to ensure safe and reliable supply. Build sewage networks and install compact sewage treatment plants to end the use of septic tanks that pollute the most superficial lagoons. Improve and complete rainwater drainage systems to avoid frequent flooding, due not only to storm events but also to the flooding of the flood level at the mouth of the Riachuelo ("sudestada"). Develop with the participation of all civil society actors Contingency Plans to floods, adequately disseminated. Comprehensive control of the industrial activity of the basin, including the supervision and inspection of the rollovers by the inhabitants themselves, within the framework of the Law of Citizen Watch in force. Remediate contaminated soils (with lead, chromium and other heavy metals, hydrocarbons, etc.), including for example reforestation with native plants.

17. The ordering should contemplate the navigability of the Riachuelo to develop the urban internal market; To revalue the industrial areas; To promote tourism; For the recovery and enjoyment of the heritage; And to favor the local - regional historical production of the basin. The navigability of the fluvial course focused on the development of multimodal transport infrastructure with the treatment of the riverbank and the construction of corresponding bridges.

18. The policies and priorities for the basin should be considered seriously for the purposes of the decisions related to the Ordering, the content of the only participatory body that ACUMAR carried out in 10 years in relation to PISA: the Public Hearing on 16 September 2016 and its corresponding final report.


19. Social and environmental emergency remains our priority.

We hope that our voices will have adequate and real participation in the Matanza - Riachuelo Watershed discussions regarding their planning, environmental recomposition and treatment of their serious social, cultural and economic problems; And that our claims and proposals that are expressed in this statement are taken into account promptly.


FIRST SIGNATURES

- Blogspot Proyecto Riachuelo.
- Foro Hídrico de Lomas de Zamora.
- Club de Regatas Almirante Brown (La Boca-Dock Sud).
- Riachuelo Para Todos.
- Frente Sur Cooperativa de Recicladores.
- Centro Cultural La Casa de Fiorito.
- Comisión de Inundados de Cuartel IX.
- Urbana Te Ve.(Barrio Carlos Mugica Retiro –Villa 31- CABA)
- Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC)
- Cátedra Libre de Ingeniería Comunitaria (CLIC)
- DES-LIMITES.
- Belleza Fiorito.
- Asentamiento Lamadrid.
- Izquierda Popular (IP)
- Movimiento Popular la Dignidad (MPLD)
- Frente de Organizaciones Salvador Herrera.
- Radio La Voz.
- Beatriz Mendoza.
- REDDES (Red Expreso del Desarrollo Sustentable).
- CUMPAS (Corriente Urbana de Militantes Peronistas).
- Cooperativa de Trabajo Cimarrón de Piñeiro.
- Periódico La Voz de Piñeiro.
- Planeamiento Participativo.
- Pymes Sur.
- Fundación Azara.

- Cooperativa Arqueoterra.
- Museo Arqueológico de La Boca.
- Asociación Tres Ombúes "Ciudad Evita".
- Asociación Amigos Barraca Peña (La Boca).
- Proyección Ciudadana (La Matanza).
- Ricardo Melgarejo y Luis Espinoza (Delegados, miembros de la Junta Orgánica del Barrio Rodrigo Bueno).
- Sembrando Juntos (Villa Inflamable).
- Cooperativa Cultural “El Puente” de la Boca.
- Proyecto Riachuelo (Corredor Turístico Productivo Ribereño)

POST SIGNATURES

- Grupo de Estudios Urbano-Ambientales del Instituto de Producción, Economía y Trabajo de la UNLa.
- Centro de Estudios Ribera Buenos Aires (riberaBA).
- M7red.
- Aluvión Ciudadano.
- Grupo Comunitario "Frutillitas de Amor" Barrio Ramón Carrillo (Soldati).
- Vecinos /as de la Mesa por la Ley N° 1333 Barrio Ramón Carrillo (Soldati).
- FIPCA (Fundación Interactiva para Promover la Cultura del Agua).
- Frente Grande Provincia de Bs. As. (Lanús y Lomas de Zamora).
- Observatorio de la Riqueza "Padre Pedro Arrupe".
- Movimiento Nacional de Empresas Recuperadas.
- Impa (La Fabrica Ciudad Cultural).



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Convocatoria: DESDE EL RÍO


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Urbana Tevé DESDE EL RÍO: 
El Riachuelo, Para qué? Para quién? Con Quienes?


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miércoles, 1 de mayo de 2013

La Defensoría y el yopin de Caballito






Gerardo Gomez Coronado <gcoronado@defensoria.org.ar>



Estimados Vecinos:
                                Adjuntamos la nota que remitimos a la Comisión de Planeamiento Urbano por la construcción del Shopping en Caballito, expresando la opinión de ésta adjuntía sobre el tema.
Saludos Atte.
Gerardo Gómez Coronado
Defensor del Pueblo Adjunto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires






Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 19 de noviembre de 2013.-


Ref. Act. 4775/2009


Sra. Presidenta
Comisión de Planeamiento Urbano
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Karina Spalla
S / D:

De mi mayor consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en referencia al proyecto de ley 2513-J-2013 que propone la asignación de normas urbanísticas especiales para el predio ubicado en la Fracción J de la manzana 39B, Sección 57, sobre la Av. Avellaneda entre Olegario Andrade y la prolongación virtual de Fragata Pte. Sarmiento, con el objetivo de que en dicho predio se construya un centro comercial junto con otros usos complementarios.

Cabe señalar que, en referencia al proyecto en tratamiento, esta Defensoría del Pueblo tomó intervención anteriormente a raíz de la presentación realizada por las asociaciones Protocomuna Caballito y SOS Caballito que manifestaron su preocupación por el impacto ambiental que podría causar en el barrio la construcción del centro comercial.

El predio en cuestión es lindero al Club Ferrocarril Oeste y a la Playa de ferroviaria Caballito, pertenece al dominio privado y actualmente está afectado al distrito de zonificación R2aII, al que también están afectadas las manzanas frentistas sobre la Av. Avellaneda. Según el mapa de la ciudad el predio tiene 24.455 m². Las normas propuestas prevén básicamente una ocupación del suelo del 80%, FOT 3 y FOT 2.5 para el centro comercial, Altura máxima de 38m y Plano límite de 40m. En cuanto a los usos, se permitirían los siguientes, entre otros: Centro de compras, Supermercado, Museo Clase I, Garaje comercial, Juegos infantiles, Estacionamiento, Locales gastronómicos.

Corresponde realizar algunas observaciones en referencia a este proyecto, especialmente teniendo en cuenta la magnitud del predio y el tipo de emprendimiento que se pretende localizar allí.

Como ya se mencionó el terreno linda con la Playa Ferroviaria Caballito que recientemente, mediante ley 4477, fue desafectada del distrito UF Urbanización Futura y afectada al Distrito U Urbanización para la construcción de viviendas, equipamiento y espacio público. En el Anexo I de dicha ley “5 Nº (a designar) Distrito U Nº (a designar) Playa Caballito”, se establece una capacidad edificable del 35% mientras que el 65% de la playa deberá ser destinada a Espacio Público, siendo la Superficie Edificable total 155.000 m², para el área residencial se propone un plano límite horizontal de 24m. Cabe mencionar asimismo que para el desarrollo del plan maestro de la playa se realizó un Concurso Nacional.

Si bien en el caso de la playa ferroviaria se trata de terrenos de propiedad pública, anteriormente afectados al Distrito UF, por lo que están destinados por norma a desarrollos urbanos integrales que exigen un plan de conjunto previo en base a normas y programas especiales. Dada la envergadura de ese emprendimiento y la cercanía con el predio que nos ocupa, se entiende que para la evaluación del presente proyecto debe considerarse ineludiblemente la construcción a ejecutarse en la ex playa ferroviaria y analizar el impacto que ambos producirían en conjunto. De esta manera podrán considerarse con mayor precisión cuestiones tales como la necesidad de apertura de calles perpendiculares a la Av. Rivadavia y las vías del ex FFCC Sarmiento, cuyo soterramiento debería producirse en los próximos años, para vincular los sectores norte y sur del barrio, y barrios aledaños, que hoy están pobremente comunicados.

En este sentido es importante recordar que el predio se emplaza en el barrio de Caballito, uno de los más densos de la ciudad y también uno de los barrios con mayor cantidad de metros cuadrados permisados en la última década. La mayor densidad y las edificaciones de mayor altura se localizan entre las vías del ex FFCC Sarmiento y Av. Directorio mientras que la zona comprendida entre las vías y Angel Gallardo-San Martín-Juan B. Justo (el otro límite del barrio), justamente la zona donde se pretende construir el centro comercial, es de menor densidad y altura y en general está afectada a los distritos R2bI y R2bIII. La construcción de un centro comercial en este sector generará un importante impacto en el área residencial por la construcción en si misma y por la mayor afluencia de peatones, vehículos particulares y transporte de mercaderías, entre otras cuestiones.

Cabe mencionar también que la ciudad ya cuenta con al menos 13 centros comerciales (y hay otros dos en construcción) que tienen entre 50 y 150 locales, uno de ellos es el Caballito Shopping Center, ubicado en Rivadavia e Hidalgo, que posee 100 locales. Estos establecimientos, comúnmente llamados shoppings, surgieron en la ciudad en las últimas décadas del siglo XX y, especialmente los de mayor escala produjeron impactos en su entorno de distintas escalas.

Esto no implica que no pueda existir un nuevo centro comercial pero para determinar la conveniencia o no de su instalación debería considerarse también, por ejemplo, la necesidad de que la ciudad cuente con un nuevo shopping. Más aún teniendo en cuenta que tanto el Plan Urbano Ambiental en su apartado “Estructura y centralidades”, busca “Promover la revitalización de zonas y corredores comerciales”, mientras que en la sección dedicada a “Producción y empleo” promueve “....el desarrollo de áreas comerciales a cielo abierto”.

Sobre este punto vale destacar que el Modelo Territorial elaborado por el GCBA indica que “El Relevamiento de Usos del Suelo permitió detectar que la categoría que reúne más de la mitad de los registros, con un 50,3%, es la de edificios residenciales, de oficinas y de departamentos, con un total de 278.264. Le siguen en importancia los locales comerciales a la calle con un 20,9%, representando 115.508 registros. A su vez, los locales emplazados en galerías comerciales y shopping centers representan un 1,8%, lo que equivale a 9.979 locales.”

En relación al impacto que produciría este emprendimiento corresponde mencionar que el artículo 30º de la ley 123 de Evaluación de Impacto Ambiental establece “...la obligatoriedad de la evaluación previa del impacto ambiental de todo emprendimiento público o privado susceptible de relevante efecto y su discusión en audiencia pública”. Por su parte el artículo 7º de la Ley Nº 452 define entre las actividades, proyectos, programas y/o emprendimientos que se presumen como de Impacto Ambiental con Relevante Efecto, a “d) Los supermercados totales, supertiendas, centros de compras.; f) Las obras proyectadas sobre parcelas de más de 2.500 metros cuadrados que requieran el dictado de normas urbanísticas particulares”.

Si bien la audiencia pública a la que refieren las normas arriba citadas se realiza habitualmente como parte del proceso de aprobación de obras, cabe recordar que el artículo 63 de la Constitución de la Ciudad establece que “La Legislatura, el Poder Ejecutivo o las Comunas pueden convocar a audiencia pública para debatir asuntos de interés general de la ciudad o zonal, la que debe realizarse con la presencia inexcusable de los funcionarios competentes. La convocatoria es obligatoria cuando la iniciativa cuente con la firma del medio porciento del electorado de la Ciudad o zona en cuestión. También es obligatoria antes del tratamiento legislativo de proyectos de normas de edificación, planeamiento urbano, emplazamientos industriales o comerciales, o ante modificaciones de uso o dominio de bienes públicos.” Esta audiencia es previa a la que fija el artículo 90 de la referida Constitución.

En virtud de lo expuesto se entiende que correspondería la realización de la audiencia pública prevista en el artículo 63 de la Constitución de la Ciudad, para la evaluación del emprendimiento propuesto tanto desde lo ambiental como desde lo urbanístico, social y económico, con anterioridad al tratamiento del proyecto 2513-J-2013 y que el mismo sea analizado en conjunto con el proyecto a desarrollarse en la Playa Caballito.

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.


LW/AD3


(Atención, la fecha de la publicación de esta nota es arbitraria)





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