domingo, 3 de noviembre de 2024

CONTAMINACIÓN DE RIACHUELO: ►¡AFUÉEEEERA! ◄

 
 
TRAS EL ÉXITO DE LECTURAS Y COMENTARIOS HACIA NUESTRA ANTERIOR PUBLICACIÓN TITULADA CONTAMINACIÓN DE RIACHUELO: ►ARCHÍVESE◄, Y A PEDIDO DEL PÚBLICO, PRESENTAMOS LA CONTINUACIÓN DE LA SAGA DEL NUNCA TAN VAPULEADO RIACHUELO QUE LLEVA POR TÍTULO:
 
 CONTAMINACIÓN DE RIACHUELO: ►¡AFUÉEEEERA! ◄
 
 
30 de octubre de 2024
 
• En julio de 2008, una sentencia del máximo tribunal marcó un punto de inflexión porque estableció una política de largo plazo para la recomposición ambiental. Sin embargo, en los últimos días el máximo tribunal decidió desentenderse de la problemática. Las consecuencias e implicancias de esa decisión judicial.
 
 
Se acaban de cumplir 30 años desde que el derecho al ambiente sano fuera reconocido en la Constitución Nacional, un acontecimiento que marcó el ingreso de la cuestión ambiental como asunto exigible y de competencia estatal. La reforma de 1994 también implicó un nuevo reparto de poderes entre la Nación y las provincias: si los recursos naturales son dominio originario de estas últimas, es a la Nación a la que le corresponde dictar leyes de presupuestos mínimos que conceden una tutela ambiental uniforme para todo el territorio nacional.
 
Por muchos años esta nueva institucionalidad fue letra muerta, y ya entrado el nuevo milenio fueron las movilizaciones ciudadanas en contra de la expansión de las fronteras de extracción y diversos conflictos como el de las plantas de celulosa en el río Uruguay las que dieron visibilidad la cuestión ambiental en Argentina.
 
Pero, sin duda, el aspecto más relevante que hizo entrar la cuestión ambiental en la agenda institucional fue la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Beatriz Mendoza”, la causa del Riachuelo.
 
La cuenca Matanza Riachuelo es mucho más que un cauce contaminado, es la expresión visible de las fallas y las promesas incumplidas del modelo de desarrollo argentino. Como primer destino de los inmigrantes en el siglo XIX, como espacio portuario-industrial a mediados del siglo XX y desde siempre, como sitio de descarga de actividades contaminantes y lugar de localización de asentamientos populares, el Riachuelo forma parte de un imaginario urbano que —con cierto fatalismo— evoca la contaminación y la degradación ambiental.
 
La sentencia de la Corte, en julio de 2008, marcó un punto de inflexión porque estableció una política de largo plazo para la recomposición ambiental en un territorio que abarca 14 municipios bonaerenses y el sur de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
 
La novedad que introdujo la causa fue la exigencia a los tres Estados con competencia en la cuenca de realizar un plan de recomposición ambiental de carácter integrado con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los habitantes de la cuenca, recomponer el ambiente en todos sus componentes (agua, aire y suelos) y prevenir futuros daños con suficiente y razonable grado de predicción. Esto llevó a la creación de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (Acumar) a través de la Ley 26.168, un organismo sin precedentes en Argentina que, pese a sus limitaciones políticas y financieras, concentró en los últimos años el grueso de la atención de la cartera ambiental y permitió sentar bases para una política ambiental en los municipios metropolitanos.
 
 
Es preciso decir que estamos muy lejos de haber resuelto el problema. Recordemos que fueron los habitantes de Villa Inflamable y trabajadores de la salud quienes presentaron la demanda ante la Corte exponiendo sus dolencias derivadas de altas concentraciones de plomo en sangre.
 
A la fecha, muchos de estos demandantes no han podido acceder a una vivienda digna que les permita mejorar sus condiciones de salud y tampoco han recibido la atención médica que merecen. Esto constituye una forma de violencia que naturaliza el hecho de que ciertos grupos sociales deban quedar irremediablemente asociados al peligro tóxico, la contaminación y la enfermedad que de allí proviene.
 
Restituir justicia ambiental a los habitantes de la cuenca requiere alterar el balance de poder ir contra el status quo que permite que los grupos más desaventajados de la sociedad tengan que sufrir la carga mayor del daño ambiental.
 
La reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia de dar por terminada la supervisión del cumplimiento de la sentencia dictada en julio de 2008 y ordenar que se archiven los legajos que componen la causa es a todas luces un retroceso institucional. La Corte no puede asumir que el daño ambiental ha cesado pues el denominado Plan Integral de Saneamiento Ambiental aún no se ha ejecutado en su totalidad y precisamente se basa en pilares que el mismo tribunal estableció: información pública; cesación de la contaminación de origen industrial; saneamiento de basurales; limpieza de los márgenes del río; expansión de la red de agua potable; extensión del sistema de desagües pluviales, saneamiento cloacal y plan sanitario de emergencia.
 
La salida de la Corte implica desentenderse de un proceso impulsado por el Poder Judicial, que buscó dar legitimidad a la cuestión ambiental como asunto de Estado y que generó enormes expectativas sociales. La Acumar atraviesa uno de sus peores momentos dado que tiene diezmada su estructura organizativa y enfrenta (como el resto de los organismos estatales) el congelamiento presupuestario que impacta seriamente en la interrupción de las obras de saneamiento. En los últimos meses hubo despidos en el organismo, lo que implicó el desmantelamiento de las acciones territoriales de asistencia en salud en los barrios populares. Sin el sostenimiento de las acciones desde el Poder Judicial es posible que muchas de las políticas que se consolidaron en los últimos años vuelvan a fojas cero.
 
La causa del Riachuelo muestra que las políticas públicas también pueden ser el resultado de los conflictos o, para decirlo en clave sociológica, de una determinada productividad social. Si esta causa permitió que se abriera una discusión política relevante sobre los criterios que ordenan la distribución y el merecimiento en la Región Metropolitana de Buenos Aires, si esto nos sirvió para entender que no podemos ignorar a quienes viven del otro lado del río, entonces no es momento de voltear la mirada.
 
La crisis que atraviesa la sociedad argentina por el impacto de medidas brutales de ajuste y el colapso ecológico en ciernes requieren del mismo coraje institucional que dio lugar a la sentencia del Riachuelo. Señores jueces: los que viven en los sitios más contaminados de la cuenca son nuestros iguales, son ciudadanos con derechos, merecen la ciudad tanto como el resto de sus habitantes y no habrá justicia para el Riachuelo mientras no se alteren las condiciones que producen el sufrimiento ambiental.
 
 
Socióloga, profesora en la Facultad de Ciencias Sociales (UBA)
Investigadora Principal del Conicet
 
 
 
 
Lorenzino pidió por la reactivación de las obras en la Cuenca Matanza - Riachuelo
 
 El Defensor del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, Guido Lorenzino, se reunió con integrantes de organizaciones y barrios de la Cuenca Matanza - Riachuelo por la paralización de las obras destinadas al saneamiento del cauce, por parte del gobierno nacional.
 
Durante el encuentro que tuvo lugar en la sede de la Defensoría, los vecinos afectados expresaron las graves consecuencias que implica la detención de las obras. Entre los principales problemas señalaron tanto las viviendas sociales inconclusas como las redes cloacales y de agua potable sin terminar.
 
“La postura del gobierno nacional es de una irresponsabilidad absoluta, porque pone en riesgo a millones de personas que ven afectada su salud al no haber ningún tipo de control ni intervención del Estado”, indicó Lorenzino.
 
Además, aclaró que las obras cuentan con financiamiento asignado, por lo que “no se entiende el motivo por el cual dejan sin protección a tanta gente que lo necesita”.
 
Los representantes que participaron de la reunión pertenecen a Avellaneda, Lanús, Lomas de Zamora, Almirante Brown y Esteban Echeverría, municipios alcanzados por el fallo “MENDOZA, Beatriz Silvia y otros c/ Estado nacional y otros s/daños y perjuicios (daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza – Riachuelo)”.
 
 
En este sentido, destacaron que la situación actual incumple el sentido de la sentencia dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2008, que ordenó una serie de medidas para mitigar el daño ambiental y preservar la salud de las personas.
 
El 22 de octubre pasado el máximo órgano judicial puso fin a su intervención en la causa "Mendoza" como supervisora del cumplimiento del fallo. Ante esta situación los vecinos y vecinas que residen a la vera del curso fluvial advirtieron que "estamos organizados a fin de evitar el cierre de la causa sin el efectivo cumplimiento de la sentencia dictada”.
 
De la reunión también formó parte Alejandro Rusconi, Secretario de Hábitat, Tierra y Vivienda del organismo provincial.
 
 

 • Y COMO TODO CAE PARA ABAJO, LA MUCHACHADA DE MORÓN SE DESPEGA DE CUALQUIER ACTO DE JUSTICIA Y OBEDECEN LA ORDEN DE NO HACER NADA MÁS Y QUE ♫ SIGA SIGA SIGA EL BAILE...♪
 
 
Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de MORóN 2
 
En atención a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el día 22 de octubre del corriente en el marco del expediente CSJ 1569/2004 (40-M)/CS2 “Mendoza, Beatriz Silvia c/ Estado Nacional y otros s/ daños y perjuicios (daños derivados de la contaminación ambiental del río Matanza-Riachuelo)”, cuya copia se incorpora a la presente, dispóngase el inmediato archivo de las presentes actuaciones.
 
A efectos de clarificar el proceso, corresponde hacer saber a las partes y demás organismos actuantes que también se procederá al inmediato archivo de los legajos de control formados a efectos de llevar adelante la ejecución de la sentencia mediante el dictado de una providencia simple en cada uno de ellos y que, en virtud de lo aquí dispuesto y lo resuelto por la CSJN, han quedado sin efecto todos los plazos procesales vigentes y las presentaciones periódicas oportunamente ordenadas.
 
Finalmente, corresponde hacer efectiva la orden dispuesta en cada uno de los expedientes de amparo ambiental, daños y perjuicios, apelación de multas, desalojos, acción meramente declarativa, acción preventiva de daños, medida cautelar autónoma, recurso directo a juzgado, procesos de ejecución de títulos extendidos por ACUMAR y expropiaciones en trámite en la secretaría, que serán remitidos individualmente en el estado en que se encuentran a sus jueces naturales o a la Secretarías de Sorteo de las Cámaras que por territorio correspondan.
 
Notifíquese de todo lo dispuesto a las partes por Secretaría.
 
 

 
 
La Corte Suprema CERRÓ la CAUSA por la CONTAMINACIÓN del RIACHUELO
 
• Análisis del arquitecto Gustavo Cañaveral
 
  
 

 
 
Riachuelo: reclamamos a la Corte Suprema que reabra la causa “Mendoza”
 
El 27 de octubre, la Asociación Vecinos de la Boca, la Asociación Ciudadana por los Derechos Humanos (ACDH), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), que integramos el Cuerpo Colegiado, nos presentamos ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) para recurrir la decisión regresiva que dio por finalizado el proceso de ejecución de la sentencia dictada por el máximo tribunal en 2008.
 
En el recurso de revocatoria in extremis presentado sostenemos que los criterios utilizados para finalizar el proceso, además de no haber sido incluidos en la sentencia original de 2008, se refieren justamente a nudos problemáticos que explican los retrasos en el cumplimiento de los mandatos socioambientales del caso “Mendoza”. La creación del Plan Integral de Saneamiento Ambiental (PISA), sobre el cual la propia Corte ya había señalado en 2018 su bajo grado de cumplimiento, y la creación de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR), también objetada por su debilidad para ejercer su rol de autoridad metropolitana y su escaso rendimiento, no resultan motivos suficientes para que la CSJN se retire del caso.
 
Estos argumentos implican un cambio drástico en el posicionamiento de la Corte, que ahora toma como base para su decisión los informes de la ACUMAR, organismo que antes criticaba por considerar insuficientes las medidas adoptadas e incumplidos los objetivos trazados en el calendario fijado. Repentinamente, esos informes son validados sin importar sus puntos ciegos, deficiencias y problemas metodológicos. Estos problemas ya fueron señalados en nuestra última presentación del 17 de junio del 2024, y omitidos por los jueces de la Corte. El fallo del máximo tribunal no contrastó la evolución de la contaminación de las aguas, el aire y los suelos con la información producida por la propia ACUMAR, omite explicar de qué manera han sido satisfechos y cumplidos los objetivos ambientales trazados en 2008, los cuales fueron reemplazados por el cumplimiento de objetivos institucionales que nunca habían sido explicitados en la causa.
 
Por estos motivos, le solicitamos formalmente a la Corte que revise su decisión de poner fin al proceso, que se convoque a una audiencia pública y que se asegure un mecanismo de participación directa para que la población de la cuenca sea escuchada y su opinión sea tenida en cuenta en este proceso.
 
Para ver el recurso de revocatoria in extremis hacé click acá
 Firman:
 
Asociación Vecinos de la Boca
Asociación Ciudadana por los Derechos Humanos (ACDH)
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)
 
 

 
 
 
13 AÑOS ...
 
♦ Pasaron 13 años. El juez federal de Quilmes, Luís Armella, en su fallo JNQ 28.03.2011 prohibió la navegación en el Riachuelo y condenó a los sectores del trabajo, la producción el turismo... al fracaso y la desocupación.

 
 
 

Desde hace más de una década y media venimos bregando por la recuperación del Río Riachuelo Matanzas, éstas son algunas de las notas de la cronología de la desidia y la inacción gubernamental y judicial en la cuenca...
 

PROYECTO VIVO
RIACHUELO CORREDOR TURISTICO PRODUCTIVO RIBEREÑO

DOCUMENTO: "DESDE EL RÍO: Organización Popular para la Transformación de la Cuenca Matanza-Riachuelo. El Riachuelo ¿Para qué? ¿Para quién? y ¿Con Quiénes?"
 
 
13 AÑOS SIN BARCOS
Otro año más sin navegación libre en la cuenca. Ya van 13, desde que la navegación en el Riachuelo fue prohibida por el juez Armella...

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