La de Palermo es una de las doce ex playas ferroviarias con las que cuenta la Ciudad de Buenos Aires. Desde 1996 y hasta 2000 administradas por el ENABIEF, hasta 2007 dependientes del ONABE y, a partir de la Ley Nº 26.352 “de Reordenamiento Ferroviario”, por la ADIF SE -Administración de Inmuebles Ferro-viarios SE. Posteriormente, el Decreto CFK Nº 1382/12 disuelve el ONABE, modifica Ley N° 26.352 y crea la Agencia de Administración de Bienes del Estado que, al momento, maneja todas las tierras nacionales.
El perímetro de la ex playa correspondiente a la Estación Palermo de la Línea San Martín -de aproximadamente 12 hectáreas de superficie “liberable”- está dado, a grandes rasgos, por las avenidas Córdoba, Juan B Justo y Santa Fe y la calle Godoy Cruz.
El sector principalmente afectado por esta irregular historia, es el circunscripto por la Av. Juan B. Justo y las calles Paraguay, Godoy Cruz y la continuación virtual de Güemes.
Hoy, la obra más irregular en desarrollo en la Ciudad de Buenos Aires, amaneció paralizada. Lo ha sido en virtud de orden judicial debido al recurso presentado por vecinos de la zona (el arquitecto Adolfo Rossi y otros) con el patrocinio del doctor Jonatan E. Baldiviezo.
Felicitamos nuevamente a los amparistas y aportamos un dato interesante, entre los muchos que aparecen en el informe adjunto:
La superficie que debería quedar libre para "uso y utilidad pública", según el código de Planeamiento Urbano es el 65% de la existente.
En este caso, tenemos tres variantes de la misma según documentación expuesta públicamente:
☼ según cartel de obra (dic 2011) 13.814,42 m2
☼ según planos registrados DGROC (sept 2012) 17.259,74 m2
☼ espacio público a ceder, según Ley 4.477
(febr. 2013) 23.319,00 m2
Como vemos, entre la superficie libre que debería existir por la ley N° 4.477 y la que figura en el cartel de obra, hay casi una hectárea de diferencia. Cuál será la real? Detalle digno de ser investigado por la Justicia.
UN POCO DE HISTORIA
(A través de un excelente informe de la ASOCIACION AMIGOS del LAGO de PALERMO, que junto a la Asociacion Lago Pacifico han enfrentado este nuevo saqueo de las tierras públicas...)
En la madrugada del 2 de marzo de 2002, el joven de 22 años Martín Esper es asesinado de varias puñaladas en la disco Apocalipsis integrante del complejo clandestino Arcos del Sol, situado bajo un sector del viaducto ferroviario que atraviesa el Parque 3 de Febrero, cercano a la intersección de las avenidas Sarmiento y Casares.
Días después, el 7 de marzo, el Procurador General de la Ciudad, Juan Carlos López, apremiado por la situación derivada del crimen en el boliche clandestino, firma el dictamen mediante el cual se clausura la disco Apocalipsis y demás boliches del complejo Arcos del Sol por no reunir los requisitos para su habilitación.
Este dictamen nada dice del resto de los boliches existentes en sus adyacencias (Guindado, Odeón Bar, The Roxy, etc.) ni de Paseo de la Infanta, todos en las mismas condiciones de ilegalidad y reclamados por la Asociación Amigos del Lago de Palermo desde hacía varios años.
Dos días más tarde, el GCBA clausura los locales de Apocalipsis, Coyote, Hanoi y Puente Mitre, boliches que componían el complejo Arcos del Sol. Tiempo después los demuelen.
Ricardo Alvarez Rojo (izquierda), líder del emprendimiento,
con el jefe de Gobierno, Aníbal Ibarra.
El titular de la concesión ferroviaria que había dado lugar al irregular funcionamiento de estos boliches, Ricardo Álvarez Rojo, es la persona que aparece, más de dos años y medio después, en la nota editada por el diario Página 12, el 13 de noviembre de 2004, junto al Jefe de Gobierno que le había clausurado los locales, bajo el paraguas de la empresa Arcos del Gourmet, concesión "… adjudicada tras una licitación que el ONABE realizó en diciembre de 2002".
La obra anunciada consistía en un gran centro comercial con salas cinematográficas y de teatro, restaurantes, vinotecas, librerías, etc. a pesar de que, para el Código de Planeamiento Urbano -CPU-, toda la ex playa de maniobras es Distrito UF -Urbanización Futura- y que por lo tanto sólo la Legislatura de la Ciudad y con un trámite de doble lectura podría haber autorizado ese emprendimiento.
12 mayo 2008 / Resolución APRA / Impacto Ambiental “sin relevante efecto”
El 12 de mayo de 2008, el GCBA, a través de la Agencia de Protección Ambiental -APRA- y con la firma de Horacio Walter, titular de la Dirección General de Evaluación Ambiental, otorga a Arcos del Gourmet el "Certificado de Aptitud ambiental", categorizando a la obra como "sin relevante efecto ambiental" (Disposición N°195-DGET-08). Como “presidente” de Arcos del Gourmet, firma Pablo Bossi quien apareciera junto a Aníbal Ibarra en la fotografía del diario Página 12.
A través de esta Disposición, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires entiende que, una obra que ocupará un terreno de más de 3,5 has (35.876 m2), sobre el que se construirán 24.000 m2 cubiertos, más 14.554,5 m2 de cocheras -para más de mil vehículos- ubicada sobre la Av Juan B Justo, a media cuadra de la Av Santa Fe, sobre uno de los nudos de tránsito y de ruido más conflictivos de la ciudad como es la zona Pacífico-Plaza Italia, con dos estaciones de subte y dos estaciones de tren en sus inmediaciones, por donde circulan miles de personas por hora y tran-sitan -sólo por la Av Santa Fe- 29 líneas de colec-tivos en dos direcciones, obra destinada a acre-centar todos esos valores en forma exponencial, no tiene efectos ambientales relevantes sobre el entorno.
Septiembre 2012. Vista de la obra “shopping IRSA”
(un sector de cocheras) desde la calle Paraguay.
El 20 de septiembre de 2012, se publicó el Decreto CFK Nº 1723/2012, de desafectación de los predios ferroviarios pertenecientes a las ex playas ferroviarias de Palermo, Caballito y Liniers, decreto que posee visos notables de irregularidad: no desafecta del dominio público las tierras, las desafecta del uso ferroviario (hecho ya consumado por los Decretos 1.090/97 y 837/98 de Carlos Saúl Menem) y dispone su utilización para el “desarrollo de proyectos integrales de urbanización y/o inmobiliarios, a cuyos fines instrúyese a la ANSES” y al Ministerio de Economía “para que constituyan una Sociedad Anónima”.
A su vez, la Agencia de Administración de Bienes del Estado “deberá instrumentar la transferencia a título gratuito de los inmuebles consignados…, a favor de la Sociedad Anónima mencionada en el artículo precedente”. Todo ello en abierta contradicción con el art. 75 - inc. 5 de la Constitución Nacional, que otorga facultades sólo al Congreso de la Nación para "Disponer del uso y de la enajenación de las tierras de propiedad nacional".
Diciembre 2012. Carteles sobre la calle Paraguay
anunciando el nuevo shopping que se unirá a
la cadena de Centros Comerciales APSA,
de la empresa IRSA: Alto Avellaneda, Alto Rosario,
Abasto, Córdoba Shopping, Alto NOA, etc.
A fines de octubre de 2012 los diputados/as Aníbal Ibarra (ex Jefe de Gobierno) / Juan Cabandié (Fp/laV) y Gabriela Cerruti (NE) presentan en la Legislatura de la Ciudad un proyecto de ley (Exp.3394-D-2012) que, basándose en ese Decreto del PEN, propone la rezonificación de la ex playa ferroviaria con el objeto de sumarla al mercado inmobiliario, pero excluye este sector, es decir, se lo da como consolidado y ajeno a los porcentajes que marca el CPU - 65% / 35% - (♦), reforzando el fraude existente ya que nunca había pasado por la legislatura el proyecto, devenido de una “concesión” del ONABE (64/2002) y de autorizaciones y permisos irregulares emanados de funcionarios de tercer nivel del Gobierno de la Ciudad.
- ♦ CPU3.1.2: Proporción de terreno destinado a uso y utilidad pública. “En el parcelamiento de tierras del Estado Nacional sujetas a privatización o desafectadas del dominio o de un servicio público se destinará como mínimo el 65% de la superficie total para uso y utilidad pública transfiriéndose su dominio a la Ciudad”.
En la muy tumultuosa sesión del 1 de noviembre de 2012, se presenta este proyecto de ley (junto con otros similares acordados previamente entre los “adversarios” políticos macristas y kirchneris-tas), sin haber pasado por ninguna comisión ni discutido en ningún ámbito de la Legislatura. Es aprobado en “primera lectura” con dos tercios de los votos, la mayoría necesaria.
El proyecto Ibarra / Cabandié / Cerruti aproba-do en 1ª lectura - Exp. Nº 3194-D-2012:
► no tenía planos mensurados. El pequeño es-quema que se acompañaba no tenía escala ni medidas.
► no estaba incluido en el proyecto el sector ubi-cado entre las Avdas Santa Fe, Juan B Justo y las calles Paraguay y Godoy Cruz, que ocupa 3,5 has de superficie y que ya estaba en obra, con toneladas de hormigón armado depositadas sobre él. Al shopping -que de eso se trata- cuya cons-trucción está a cargo de la empresa CRIBA y del que es propietaria IRSA, nadie le había exigido el cumplimiento del CPU.
Además, el proyecto de ley nada decía sobre:
► la conservación de los valiosos galpones ferroviarios que están dentro del predio.
► que, a pesar de los 300 millones de dólares gastados en los “aliviadores”, la calle Godoy Cruz todavía se inunda y, de construirse sobre su borde, lo que se edifique sufrirá ese efecto.
Transcurrida la Audiencia Pública del 13 de diciembre de 2012, en la que se vierten duras críticas al proyecto de ley, en base a los argumentos expresados anteriormente, finalmente el 20 de diciembre se aprueba la Ley N° 4.477 que, con significativas modificaciones respecto al proyecto original, crea dos zonas: Nuevo Palermo I y Nuevo Palermo II.
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